Mujeres asesinadas durante visitas íntimas en cárceles de Colombia

Entrar a una cárcel implica atravesar registros, requisas, controles de identidad, vigilancia y protocolos de seguridad. El Estado administra ese espacio, controla el ingreso de las personas y tiene información sobre quienes permanecen privados de la libertad.
Claudia Yurley Quintero Rolón
En Colombia, tres mujeres entraron a establecimientos penitenciarios para visitar a hombres presos y fueron asesinadas durante esas visitas.
Entre 2023 y 2024 encontramos tres casos públicos documentados: Merly Andrea Rengifo Cuadros, asesinada en la cárcel de Cómbita; Yenny Paola Correa, atacada durante una visita en Palogordo, Girón, y fallecida semanas después; y Yisella Pérez Gaspar, asesinada durante una visita conyugal en la cárcel de Palmira.
Las tres ingresaron a establecimientos bajo administración estatal. Los hombres que las atacaron ya estaban privados de la libertad y tenían antecedentes relacionados con delitos violentos.
¿Cómo se evalúa el riesgo para una mujer que ingresa a una visita íntima cuando el interno tiene antecedentes de feminicidio, homicidio, amenazas o violencia grave?
Merly Andrea Rengifo: asesinada en una cárcel de máxima seguridad
Merly Andrea Rengifo Cuadros tenía 33 años y vivía en Cali. El 14 de mayo de 2023 llegó a la cárcel de máxima seguridad de Cómbita, Boyacá, para visitar a Efraín Sarmiento Cuero.
Según su familia, lo había conocido por redes sociales. Él le habría dicho que cumplía una condena por extorsión. Merly desconocía sus antecedentes relacionados con la muerte de otras mujeres.
Durante la visita, Sarmiento la atacó con un arma cortopunzante dentro de la celda. Después informó a funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) que la había asesinado.
Un hombre privado de la libertad por hechos de extrema violencia contra mujeres tuvo acceso a un arma cortopunzante dentro de un establecimiento de máxima seguridad.
Su trayectoria violenta era conocida por el sistema penitenciario. Medios nacionales habían documentado su relación con las muertes de Cristiana Mendoza Maya y Jacqueline Muñoz Ojeda.
Merly, según su familia, carecía de esa información.
El establecimiento conocía quién era el interno, sus antecedentes y el espacio en el que ocurriría la visita.
Merly entró viva. Fue asesinada dentro de la cárcel.
Yenny Paola Correa: una visita precedida por amenazas
Yenny Paola Correa llegó el 2 de abril de 2023 a la cárcel de máxima seguridad de Palogordo, en Girón, Santander, para visitar a su esposo, Ronald Torres Vega.
Llevaban aproximadamente 16 años de relación.
De acuerdo con la información divulgada por la Fiscalía, Torres Vega la había amenazado. Si ella no acudía a visitarlo, podría enviar a alguien a hacerle daño a su familia.
Yenny fue a la cárcel.
Durante la visita, Torres Vega la atacó 14 veces con un arma cortopunzante. Permaneció hospitalizada durante más de un mes y murió el 14 de mayo.
Posteriormente fue condenado a 40 años y tres meses de prisión por feminicidio agravado. Cuando atacó a Yenny ya cumplía una condena de 23 años por homicidio agravado y porte ilegal de armas.
El encarcelamiento de un agresor limita su movilidad física, pero su capacidad de ejercer control puede continuar.
Las amenazas pueden realizarse mediante llamadas, mensajes, familiares, terceros o personas externas al establecimiento. También puede persistir la intimidación sobre hijas, hijos y otros familiares.
En el caso de Yenny, la información disponible indica que ingresó después de haber recibido amenazas.
Esto exige revisar cómo identifica el sistema penitenciario situaciones de coacción antes de autorizar una visita íntima.
Yisella Pérez Gaspar: tres horas después de ingresar estaba muerta
El 21 de abril de 2024, Yisella Pérez Gaspar, de 27 años, llegó a la cárcel Villa de las Palmas, en Palmira, para visitar a Cristian Alexis Rivas Sánchez.
Ingresó aproximadamente a las 8:14 de la mañana.
Tres horas después se reportó una agresión. Cuando fue trasladada al área de sanidad ya no tenía signos vitales. Los reportes iniciales señalaron una posible asfixia mecánica.
Rivas Sánchez estaba privado de la libertad por homicidio, tráfico de armas y concierto para delinquir. La Fiscalía lo judicializó como presunto responsable del feminicidio de su compañera sentimental.
El crimen ocurrió menos de un año después de los casos de Cómbita y Girón.
Días antes, el INPEC había informado sobre la socialización de un nuevo Manual de Visita Íntima elaborado con acompañamiento del Ministerio de Justicia.
La existencia de protocolos debe traducirse en prevención efectiva, identificación de riesgos y capacidad de respuesta.
La seguridad de las mujeres durante las visitas íntimas
La legislación penitenciaria colombiana reconoce las visitas íntimas y establece condiciones de higiene y seguridad. El artículo 112 de la Ley 65 de 1993 también somete el ingreso de visitantes a las exigencias de seguridad de cada establecimiento.
Estos casos obligan a incorporar una perspectiva específica sobre el riesgo de violencia contra las mujeres.
Los antecedentes del interno son información relevante.
Una condena por feminicidio, tentativa de feminicidio, violencia intrafamiliar, delitos sexuales, amenazas contra la visitante o hechos recientes de violencia deberían activar una evaluación previa del riesgo antes de una visita íntima sin vigilancia directa.
La evaluación debe orientarse a proteger a la visitante, verificar que su decisión sea libre y ofrecer información preventiva cuando exista un riesgo conocido.
El derecho de las mujeres a conocer el riesgo
La historia de Merly revela otra falla: la asimetría de información.
Según su familia, ella creía que Sarmiento estaba preso por extorsión. Él habría ocultado sus antecedentes relacionados con violencia contra mujeres.
Una mujer puede encontrarse frente a una persona cuyo historial violento conoce ampliamente el Estado, mientras ella ignora elementos fundamentales para valorar su propia seguridad.
La protección de datos personales debe coexistir con mecanismos efectivos de prevención.
Cuando existan antecedentes acreditados de feminicidio, violencia contra parejas, amenazas o medidas de protección, la administración penitenciaria puede establecer entrevistas preventivas y confidenciales con la visitante, informar sobre rutas de atención y verificar la existencia de amenazas o presiones para realizar la visita.
La mujer mantiene su capacidad de decidir.
El Estado debe proporcionarle condiciones reales para hacerlo de manera informada y libre.
Privacidad con medidas de protección
La visita íntima requiere privacidad y dignidad.
También necesita medidas de seguridad capaces de responder a riesgos previamente identificados.
Los casos documentados presentan señales que merecían atención institucional: antecedentes graves de violencia contra mujeres, amenazas dirigidas a la visitante y condenas por delitos violentos.
En Cómbita y Palogordo los agresores tuvieron acceso a armas cortopunzantes dentro de establecimientos sometidos a controles penitenciarios. En Palmira, los reportes iniciales indicaron una posible muerte por asfixia.
La prevención del feminicidio debe comenzar antes del ingreso de la mujer al espacio de visita.
Una ruta de prevención dentro de las cárceles
Colombia necesita una evaluación específica del riesgo de violencia contra las mujeres dentro de los procedimientos de visita íntima.
Esa valoración debería considerar antecedentes de:
feminicidio o tentativa de feminicidio;
violencia intrafamiliar;
delitos sexuales;
amenazas contra la visitante;
medidas de protección vigentes o anteriores;
conductas violentas recientes dentro del establecimiento;
reportes verificables de intimidación o control coercitivo.
Cuando se identifique riesgo elevado, la mujer debería tener acceso a una entrevista confidencial y recibir información preventiva.
El establecimiento también debería verificar que su decisión de ingresar esté libre de amenazas o presiones.
Los casos de riesgo extremo requieren valoración interdisciplinaria.
Los espacios destinados a las visitas deben permanecer libres de armas y objetos capaces de provocar lesiones.
Cada muerte o lesión grave ocurrida durante una visita debería activar una revisión institucional que establezca qué ocurrió, qué controles fallaron y qué medidas deben modificarse en el resto del sistema penitenciario.
La pregunta no debe dirigirse contra las mujeres
Después de un feminicidio suele aparecer una pregunta dirigida hacia la víctima: ¿por qué fue a visitarlo?
Esa pregunta coloca sobre la mujer la responsabilidad de anticipar la conducta homicida de un hombre.
Merly, según su familia, desconocía los antecedentes reales del interno.
Yenny habría acudido después de amenazas contra su familia.
Sobre la dinámica previa entre Yisella y su agresor existe menos información pública.
Las decisiones de cada mujer ocurrieron dentro de circunstancias particulares.
La responsabilidad del feminicidio corresponde al agresor.
La responsabilidad institucional exige analizar los riesgos conocidos, los controles existentes y las oportunidades de prevención.
Las tres mujeres ingresaron vivas a establecimientos administrados por el Estado y fueron atacadas por hombres que ya estaban bajo su custodia.
Ofrecimientos sexuales, necesidad económica y hombres privados de la libertad
Hay otra dimensión que hemos conocido directamente desde el trabajo de Fundación Empodérame.
En entrevistas y procesos de atención con mujeres acompañadas por la Fundación hemos recogido relatos de ofrecimientos para ingresar a establecimientos penitenciarios y sostener encuentros sexuales con hombres privados de la libertad a cambio de dinero.
Estos testimonios han aparecido en nuestra atención a mujeres en Cartagena, Cali y Cúcuta.
Algunas han hablado de propuestas realizadas a través de terceras personas, contactos previos, recomendaciones o vínculos construidos alrededor de hombres encarcelados. También han referido ofrecimientos económicos para realizar estos encuentros.
Esta información constituye evidencia cualitativa derivada de nuestra atención directa. No permite establecer cuántas mujeres reciben este tipo de propuestas ni medir la dimensión del fenómeno dentro de las cárceles colombianas. Sí permite afirmar que estos ofrecimientos aparecen en los relatos de mujeres que hemos acompañado y que requieren mayor investigación.
La situación económica importa.
Muchas mujeres atendidas por Empodérame atraviesan pobreza, desempleo, desplazamiento, violencia, prostitución, explotación sexual o dificultades para sostener a sus familias. En esas condiciones, una propuesta de dinero puede adquirir un peso determinante.
La necesidad económica puede ser utilizada para captar, persuadir o mantener a una mujer dentro de una relación que aumenta su exposición a violencia.
Esto obliga a ampliar la mirada sobre las visitas íntimas.
No todas las mujeres que ingresan necesariamente tienen una relación afectiva estable y prolongada con el hombre privado de la libertad. Pueden existir relaciones recientes, contactos iniciados por redes sociales, vínculos establecidos por terceros o encuentros atravesados por intercambios económicos.
También debemos investigar si existen intermediarios que facilitan estos contactos y qué participación pueden tener personas externas o internas a los establecimientos.
Las preguntas son concretas: ¿se ofrecen pagos a mujeres para ingresar a cárceles y mantener encuentros sexuales con internos?, ¿quién hace esos ofrecimientos?, ¿cómo se producen los contactos?, ¿existen intermediarios?, ¿cómo son registradas estas mujeres por el sistema penitenciario?, ¿qué medidas existen para detectar coerción, explotación sexual o trata?
También resulta necesario establecer qué ocurre cuando el hombre privado de la libertad tiene antecedentes de violencia contra mujeres y la visitante desconoce esa información.
La pobreza de una mujer no permite presumir prostitución. Recibir dinero tampoco permite concluir automáticamente que existe explotación.
La evaluación debe centrarse en las condiciones reales del encuentro: libertad para aceptar o retirarse, existencia de amenazas, intermediación de terceros, dependencia económica, engaño, control, violencia y posibles formas de explotación.
Los testimonios recogidos por Fundación Empodérame muestran que esta dimensión debe incorporarse a la discusión sobre seguridad penitenciaria.
Prevenir la violencia contra las mujeres dentro de una cárcel también exige mirar las relaciones económicas y de poder que pueden llevarlas hasta allí.
Hay una información que Colombia todavía no tiene
En la información pública revisada para esta investigación no aparece un registro nacional consolidado que permita saber cuántas mujeres han sido asesinadas, lesionadas o amenazadas durante visitas íntimas en establecimientos penitenciarios colombianos.
Tampoco encontramos información pública consolidada sobre mujeres que reciben ofrecimientos económicos para mantener encuentros sexuales con hombres privados de la libertad, posibles intermediarios o mecanismos institucionales para identificar situaciones de explotación sexual dentro de estas dinámicas.
Los tres feminicidios identificados corresponden a hechos que pudimos verificar públicamente. No podemos afirmar que sean todos.
El INPEC, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía deberían poder establecer cuántos episodios de violencia contra mujeres visitantes han ocurrido dentro de las cárceles, cuáles eran los antecedentes de los agresores, qué alertas existían, qué protocolos fueron activados y qué medidas se adoptaron después de cada hecho.
También deberían existir datos que permitan conocer cómo se evalúan las situaciones de coerción, explotación sexual, amenazas y vulnerabilidad económica de las mujeres visitantes.
Sin información sistematizada se pierden oportunidades para prevenir nuevas violencias.
Merly, Yenny y Yisella
Merly Andrea Rengifo Cuadros.
Yenny Paola Correa.
Yisella Pérez Gaspar.
Tres mujeres asesinadas después de ingresar a establecimientos penitenciarios para encontrarse con hombres privados de la libertad.
Sus casos muestran una obligación concreta para el Estado colombiano: incorporar el riesgo de feminicidio dentro de los procedimientos de visitas íntimas y utilizar la información que ya posee para proteger a las mujeres.
Los testimonios recogidos por Fundación Empodérame agregan otra alerta: algunas mujeres reciben ofrecimientos económicos para encontrarse sexualmente con hombres encarcelados, en contextos que pueden estar atravesados por precariedad, intermediación y relaciones de poder.
Una política de prevención debe mirar ambas realidades.
Debe conocer quién es el hombre que recibe la visita, cuáles son sus antecedentes y qué riesgos representa.
También debe preguntarse en qué condiciones llega la mujer, si conoce a quién va a visitar, si existe dinero de por medio, si alguien intermedió, si hay amenazas y si puede retirarse libremente.
Una cárcel controla puertas, horarios, objetos, movimientos y personas.
También debe identificar las señales que pueden anunciar una violencia letal o una situación de explotación.
Si el Estado conoce que un hombre representa un riesgo para una mujer, debe explicar qué hace con esa información antes de permitir que ella entre sola a encontrarse con él.
Una investigación de: Claudia Yurley Quintero Rolón Psicóloga y Especialista en Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Defensora de derechos humanos de las mujeres y activista feminista abolicionista. Investigadora con experiencia en trata de personas y explotación sexual, con trabajo directo en intervención territorial, acompañamiento psicosocial y diseño de programas de salida para mujeres en contextos de prostitución. Ha participado en procesos de investigación aplicada y articulación institucional en salud pública y política social.
Directora de la Fundación Empodérame.
Etiquetas
Mujeres asesinadas Cárceles Colombia Feminicidios Antecedentes Delitos sexuales Estado Investigación Inpec
_pdf.png)



Comentarios